MAPA
MENTAL: REPRESENTACIÓN DE PERSONAL (TEMA 46)
1. FUNDAMENTOS
JURÍDICOS
- Constitución
Española: Art. 129.2 (promoción de la participación
en la empresa).
- Estatuto
de los Trabajadores (TRET):
- Art. 4.1.g):
Derecho básico a la participación.
- Art. 61:
Derecho a participar a través de órganos de representación.
- Doble Vía
de Representación:
- Unitaria/Legal:
Delegados de personal y Comités de empresa (afecta a todos).
- Sindical: Secciones y delegados sindicales (representa a afiliados).
2. ÓRGANOS DE
REPRESENTACIÓN UNITARIA
A. DELEGADOS DE PERSONAL (Art. 62)
- Ámbito: Entre
10 y 50 trabajadores.
- Excepción: 1
delegado entre 6-10 trabajadores si se decide por mayoría.
- Escala:
- Hasta 30
trabajadores: 1 delegado.
- De 31 a
49 trabajadores: 3 delegados.
- Funcionamiento: Actuación mancomunada.
B. COMITÉ DE EMPRESA (Arts. 63 y 66)
- Ámbito: Centros
con 50 o más trabajadores.
- Composición: Órgano colegiado (5 a 75 miembros)
- Configuraciones:
- Conjunto: Para
varios centros en misma provincia/municipios limítrofes que sumen 50.
- Intercentros: Máximo
13 miembros (solo si lo prevé el convenio).
3. FUNCIONES Y
DEBERES (Art. 64 y 65)
- Información:
Transmisión de datos por el empresario.
- Trimestral:
Evolución del sector, situación económica, absentismo.
- Anual:
Medidas sobre igualdad de trato y oportunidades.
- Consulta:
Intercambio de opiniones y diálogo.
- Informe previo: Plazo de 15 días (reestructuraciones, jornada, formación).
- Vigilancia:
Cumplimiento de normas laborales, seguridad social y empleo.
- Sigilo Profesional: Deber de reserva sobre información confidencial, incluso tras el mandato.
4. GARANTÍAS (Art. 68)
- Expediente
Contradictorio: Por faltas graves/muy graves.
- Prioridad
de Permanencia: En casos de suspensión o extinción por
causas económicas/técnicas.
- Indemnidad: No ser
despedido ni discriminado por sus funciones.
- Libertad
de Expresión: En materias de su representación.
- Crédito
Horario: Entre 15 y 40 horas mensuales retribuidas
según escala de plantilla.
5. PROCESO
ELECTORAL (Art. 67 y ss.)
- Mandato: 4 años.
- Requisitos
Sufragio:
- Activo: +16
años y 1 mes antigüedad.
- Pasivo: +18
años y 6 meses antigüedad.
- Promoción:
Sindicatos más representativos (o con 10% de delegados) o acuerdo
mayoritario de trabajadores.
- Reglas de
Votación:
- Comités: 2
colegios (técnicos/admin y especialistas/no cualificados).
- Barrera
electoral: Mínimo 5% de votos por cada
colegio.
- Mesa
Electoral: Presidente (más antiguo), Secretario (más
joven) y 1 Vocal
No hay comentarios:
Publicar un comentario