miércoles, 18 de febrero de 2026

Ley Orgánica 2/1979 (LOTC)

Ley Orgánica 2/1979 (LOTC). Este esquema te ayudará a ubicar cada procedimiento y norma orgánica rápidamente.

Aquí tienes el esquema estructurado de la Ley:

TÍTULO I: Del Tribunal Constitucional

Es la parte "orgánica" que define qué es el Tribunal y quiénes lo forman.

  • Capítulo I: Del Tribunal Constitucional, su organización y atribuciones. 1-15

  • Capítulo II: De los Magistrados del Tribunal Constitucional (Nombramiento, requisitos, incompatibilidades y cese). 16 - 26

TÍTULO II: De los procedimientos de declaración de inconstitucionalidad

Aquí se regula el control de las leyes (el "qué" se puede recurrir y "quién").

  • Capítulo I: Disposiciones generales. 27 -30

  • Capítulo II: Del recurso de inconstitucionalidad. 31 - 34

  • Capítulo III: De la cuestión de inconstitucionalidad planteada por Jueces o Tribunales. 35-37

  • Capítulo IV: De la sentencia en los procedimientos de inconstitucionalidad y de sus efectos. 38-40

TÍTULO III: Del recurso de amparo constitucional

Protección de derechos fundamentales (Art. 14 a 29 y 30.2 CE).

  • Capítulo I: De los supuestos en que procede el recurso de amparo. 41-47

  • Capítulo II: De la tramitación de los recursos de amparo. 48 - 52

  • Capítulo III: De la resolución de los recursos de amparo y de sus efectos. 53- 58

TÍTULO IV: De los conflictos de competencia

Vital para la Xunta: Relaciones Estado-CCAA.

  • Capítulo I: De los conflictos entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de éstas entre sí.

    • Sección 1ª: De los conflictos positivos. 62- 67

    • Sección 2ª: De los conflictos negativos.68-72

  • Capítulo II: De los conflictos entre los órganos constitucionales del Estado.

  • Capítulo III: De los conflictos en defensa de la autonomía local (Añadido posteriormente).

  • Capítulo IV: De los conflictos en defensa de la autonomía foral (Específico para territorios forales).

TÍTULO V: De la impugnación de disposiciones sin fuerza de ley y resoluciones de las CCAA

Previsto en el art. 161.2 de la Constitución (Impugnaciones del Gobierno central contra actos de las CCAA).

TÍTULO VI: De la declaración sobre la constitucionalidad de los Tratados Internacionales

Control preventivo antes de que España se obligue por un Tratado.

TÍTULO VI bis: Del control previo de inconstitucionalidad de los Proyectos de Estatutos de Autonomía y de sus propuestas de reforma

Reintroducido en 2015 para evitar referéndums sobre normas inconstitucionales.

TÍTULO VII: Disposiciones comunes sobre procedimiento

Normas generales: plazos, comparecencias, notificaciones y efectos de las sentencias.

TÍTULO VIII: Del cumplimiento de las resoluciones del Tribunal Constitucional

Asegura que las sentencias se ejecuten (incluye las medidas de apremio y multas).

TÍTULO IX: De las tasas en el ejercicio de las competencias del Tribunal

(Actualmente sin apenas aplicación práctica para el opositor, pero forma parte de la estructura).

LO 2/1979, DE 3 DE OCTUBRE, TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

 1. Conceptos Fundamentales (Título I)

  • Naturaleza: El Tribunal Constitucional (TC) es el intérprete supremo de la Constitución. Es independiente de los demás órganos constitucionales y tiene jurisdicción en todo el territorio nacional.
  • Composición: Está integrado por 12 miembros (Magistrados).
    • Nombrados por el Rey a propuesta de: Congreso (4), Senado (4) —ambos por mayoría de 3/5—, Gobierno (2) y CGPJ (2).
    • Mandato: 9 años, con renovación por terceras partes cada 3 años.
    • Presidente: Elegido por el Pleno de entre sus miembros por 3 años (reelegible una sola vez).
  • Organización: Actúa en Pleno (12 magistrados), Salas (dos, de 6 magistrados cada una) y Secciones (tres magistrados para despacho ordinario y admisibilidad).

2. Competencias del Tribunal (Art. 2)

El TC conoce de los siguientes procesos:

  • Recurso y cuestión de inconstitucionalidad.
  • Recurso de amparo.
  • Conflictos constitucionales de competencia (Estado-CCAA o CCAA entre sí).
  • Conflictos entre órganos constitucionales del Estado.
  • Conflictos en defensa de la autonomía local.
  • Control previo de Tratados Internacionales.
  • Impugnaciones del art. 161.2 de la CE (disposiciones de las CCAA).

3. Procedimientos de Inconstitucionalidad (Título II)

Garantizan la primacía de la Constitución sobre las leyes y normas con rango de ley.

Característica

Recurso de Inconstitucionalidad

Cuestión de Inconstitucionalidad

Objeto

Leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de Ley.

Leyes o normas con rango de Ley aplicables a un caso concreto.

Legitimación

Presidente del Gobierno, Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores y órganos ejecutivos/asambleas de las CCAA.

Jueces y Tribunales, de oficio o a instancia de parte.

Plazo

3 meses desde la publicación (ampliable a 9 meses en ciertos casos de Comisión Bilateral Estado-CCAA).

Una vez concluso el proceso y antes de dictar sentencia.

4. Recurso de Amparo (Título III)

  • Objeto: Proteger frente a violaciones de los derechos y libertades reconocidos en los artículos 14 a 29 de la CE y la objeción de conciencia (art. 30).
  • Origen de la violación: Disposiciones, actos, omisiones o vías de hecho de los poderes públicos.
  • Plazos:
    • Contra actos parlamentarios sin valor de ley: 3 meses.
    • Contra actos del Gobierno o administración: 20 días tras agotar la vía judicial.
    • Contra actos de órganos judiciales: 30 días desde la notificación de la resolución firme.

5. Conflictos de Competencia (Título IV)

Especialmente relevante para la Xunta de Galicia como administración autonómica.

  • Positivos: Cuando el Estado o una CCAA consideran que otra administración ha invadido sus competencias.
    • El Gobierno de la Nación puede formalizarlo directamente o mediante requerimiento previo.
    • Las CCAA tienen la obligación de realizar el requerimiento previo de incompetencia.
  • Negativos: Cuando ambas administraciones se declaran incompetentes para resolver una pretensión de un particular.

6. Ejecución de Resoluciones (Art. 92)

El TC tiene potestad para velar por el cumplimiento efectivo de sus sentencias. Tras la reforma de 2015, puede:

  • Imponer multas coercitivas (3.000 a 30.000 €).
  • Suspender en sus funciones a las autoridades responsables del incumplimiento.
  • Acordar la ejecución sustitutoria.

martes, 17 de febrero de 2026

TEST XUNTA A2 – DEFENSOR DEL PUEBLO (20 preguntas)

 

TEST XUNTA A2 – DEFENSOR DEL PUEBLO (20 preguntas)

1. El Defensor del Pueblo es designado por:

A) Congreso por mayoría absoluta
B) Cortes Generales por mayoría de 3/5 en ambas Cámaras
C) Gobierno por decreto
D) Rey a propuesta del Congreso


2. Si no se logra mayoría en primera votación:

A) Se repite con mayoría simple
B) Se disuelve el Congreso
C) Se repite con misma mayoría exigida
D) Decide el Senado


3. El Defensor del Pueblo depende orgánicamente de:

A) Gobierno
B) Tribunal Constitucional
C) Cortes Generales
D) Consejo General del Poder Judicial


4. Puede supervisar la Administración:

A) Solo estatal
B) Estatal, autonómica y local
C) Solo autonómica
D) Solo local


5. Respecto a la Administración militar:

A) Nunca puede investigarla
B) Solo en guerra
C) Puede investigarla dentro de límites legales
D) Solo con autorización judicial


6. El Defensor del Pueblo puede iniciar actuaciones:

A) Solo por denuncia formal
B) Solo por orden del Congreso
C) De oficio o por queja
D) Solo por orden judicial


7. Las quejas deben presentarse en un plazo máximo de:

A) 6 meses desde el hecho
B) 1 año
C) 3 años
D) No hay plazo


8. No se admiten quejas cuando:

A) Son anónimas
B) Son de funcionarios
C) Son contra ayuntamientos
D) Son colectivas


9. El Defensor del Pueblo puede acceder a documentos:

A) Solo públicos
B) Incluso clasificados, con límites legales
C) Nunca secretos
D) Solo con autorización judicial


10. La negativa injustificada a colaborar puede ser:

A) Delito
B) Falta administrativa
C) Comunicado a las Cortes Generales
D) Ignorada


11. El Defensor del Pueblo puede formular:

A) Sanciones
B) Recomendaciones y recordatorios
C) Sentencias
D) Reglamentos


12. Puede interponer recurso de inconstitucionalidad ante el:

A) Tribunal Supremo
B) Tribunal Constitucional
C) Congreso
D) Senado


13. Puede interponer recurso de amparo ante el:

A) Tribunal Constitucional
B) Tribunal Supremo
C) Audiencia Nacional
D) CGPJ


14. Los Adjuntos del Defensor del Pueblo son nombrados por:

A) El Rey
B) El Gobierno
C) El Defensor del Pueblo con aprobación de las Cortes
D) El Congreso


15. El Defensor del Pueblo cesa por:

A) Fin del mandato
B) Renuncia
C) Condena firme
D) Todas las anteriores


16. El Defensor del Pueblo puede intervenir en procedimientos judiciales en curso:

A) Sí siempre
B) No, salvo para velar por derechos fundamentales sin interferir
C) Solo en penal
D) Solo en civil


17. La actuación del Defensor del Pueblo es:

A) Vinculante
B) Ejecutiva
C) No vinculante
D) Judicial


18. Presenta informe ordinario:

A) Mensual
B) Trimestral
C) Anual
D) Solo cuando quiere


19. El Defensor del Pueblo puede supervisar empresas privadas:

A) Nunca
B) Solo si prestan servicios públicos
C) Siempre
D) Solo con autorización judicial


20. El Defensor del Pueblo actúa conforme al art. 54 de la:

A) Ley del Gobierno
B) Constitución Española
C) Ley de Procedimiento Administrativo
D) Estatuto Básico del Empleado Público

👉 Constitución Española de 1978

1B/2C/3C/4B/5C/6C/7D/8A/9B/10C/11B/12B/13A/14C/15D/16B/17C/18C/19B/20B

TEST DEFENSOR DEL PUEBLO

 

1. El Defensor del Pueblo es:

A) Un órgano del Gobierno
B) Un Alto Comisionado de las Cortes Generales
C) Un órgano judicial
D) Un órgano autonómico


2. El Defensor del Pueblo se regula en la:

A) Ley 30/1992
B) Constitución art. 54
C) Estatuto de Autonomía
D) Código Civil

👉 Relacionado con la Constitución Española de 1978


3. El Defensor del Pueblo es elegido por:

A) El Rey
B) El Gobierno
C) Las Cortes Generales
D) El Tribunal Supremo


4. Mayoría necesaria para su elección:

A) Absoluta
B) Simple
C) 3/5 de Congreso y Senado
D) 2/3 del Congreso


5. Duración del mandato:

A) 3 años
B) 4 años
C) 5 años
D) 6 años


6. El Defensor del Pueblo puede:

A) Imponer sanciones
B) Anular actos administrativos
C) Investigar quejas
D) Dictar sentencias


7. El Defensor del Pueblo puede actuar:

A) Solo por denuncia judicial
B) Solo por orden del Gobierno
C) De oficio o por queja
D) Solo por orden del Congreso


8. Las quejas ante el Defensor del Pueblo son:

A) De pago
B) Gratuitas
C) Solo con abogado
D) Solo para españoles


9. Puede presentar queja:

A) Solo españoles
B) Solo funcionarios
C) Cualquier persona física o jurídica
D) Solo empresas


10. No se admiten quejas:

A) Contra la Administración
B) Anónimas
C) De extranjeros
D) Sobre servicios públicos


11. El Defensor del Pueblo puede supervisar:

A) Empresas privadas sin relación pública
B) Solo ministerios
C) Toda la Administración pública
D) Solo juzgados


12. Las Administraciones deben:

A) Ignorar al Defensor
B) Colaborar obligatoriamente
C) Responder solo si quieren
D) Denunciarlo


13. Si una Administración obstruye su labor:

A) No ocurre nada
B) Se sanciona penalmente automáticamente
C) Puede denunciarlo ante las Cortes
D) Se archiva el caso


14. El Defensor del Pueblo puede interponer:

A) Recurso de casación
B) Recurso de amparo
C) Recurso contencioso-administrativo
D) Recurso civil


15. También puede interponer:

A) Recurso de inconstitucionalidad
B) Recurso laboral
C) Recurso mercantil
D) Ninguno


16. El Defensor del Pueblo presenta a las Cortes:

A) Sentencias
B) Informe anual
C) Presupuestos del Estado
D) Leyes


17. Tiene incompatibilidad con:

A) Cargo político
B) Actividad profesional
C) Afiliación a partidos
D) Todas las anteriores


18. El Defensor del Pueblo puede tener:

A) Adjuntos
B) Ministros
C) Jueces
D) Diputados


19. Puede cesar por:

A) Fin del mandato
B) Renuncia
C) Condena penal
D) Todas las anteriores


20. El Defensor del Pueblo puede anular actos administrativos:

A) Sí
B) No
C) Solo con juez
D) Solo en urgencia


PLANTILLA DE RESPUESTAS

  1. B

  2. B

  3. C

  4. C

  5. C

  6. C

  7. C

  8. B

  9. C

  10. B

  11. C

  12. B

  13. C

  14. B

  15. A

  16. B

  17. D

  18. A

  19. D

  20. B

DEFENSOR DEL PUEBLO

                         DEFENSOR DEL PUEBLO

                               │

 ──────────────────────────────┼──────────────────────────────

 │                             │                              │

CONCEPTO                  FUNCIONES                     NOMBRAMIENTO

 │                             │                              │

• Alto Comisionado        • Investigar quejas           • Cortes Generales

  de las Cortes           • Actuar de oficio            • Mayoría 3/5

• Defiende derechos       • Recomendar cambios          • Mandato 5 años

• Independiente           • Recurso de amparo           • Puede reelegirse

• Art. 54 CE →            • Recurso inconstitucionalidad

  :contentReference[oaicite:1]{index=1} • Informes a Cortes

                           • NO sanciona ni anula actos

 ──────────────────────────────┼──────────────────────────────

 │                             │                              │

QUIÉN PUEDE QUEJARSE      ÁMBITO ACTUACIÓN              RELACIÓN ADMIN.

 │                             │                              │

• Cualquier persona        • Estado                      • Obligación colaborar

• Gratis                   • CCAA                        • Dar información

• Sin abogado              • Ayuntamientos               • Permitir inspecciones

• No anónimas              • Organismos públicos         • Obstrucción → Cortes

• No conflictos privados   • Servicios públicos privados

 ──────────────────────────────┼──────────────────────────────

 │                             │                              │

INCOMPATIBILIDADES         INFORMES                     CESE

 │                             │                              │

• Sin cargos políticos     • Informe anual              • Fin mandato

• Sin actividad prof.      • Informes extraordinarios   • Renuncia

• Sin partidos/sindicatos  • Recomendaciones            • Incapacidad

• Dedicación exclusiva                                    • Condena penal

                                                          • Negligencia grave


Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo

 

Resumen de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo

1️⃣ Qué es el Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y libertades públicas de los ciudadanos frente a la Administración.

  • Actúa con independencia.

  • No recibe instrucciones de ninguna autoridad.

  • Supervisa la actividad administrativa.

👉 Basado en el art. 54 de la Constitución Española de 1978.


2️⃣ Funciones principales

El Defensor del Pueblo puede:

✔ Supervisar la Administración pública
✔ Investigar quejas de ciudadanos
✔ Iniciar investigaciones de oficio
✔ Recomendar cambios o correcciones
✔ Presentar recurso de inconstitucionalidad
✔ Presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional

👉 No puede anular actos administrativos ni imponer sanciones.


3️⃣ Quién puede presentar quejas

Puede acudir al Defensor:

  • Cualquier persona física o jurídica

  • Españoles o extranjeros

  • Sin abogado ni procurador

  • Gratis

❗ No se admiten quejas anónimas ni sobre conflictos entre particulares.


4️⃣ Ámbito de actuación

Controla:

  • Administración del Estado

  • Administraciones autonómicas

  • Administraciones locales

  • Organismos públicos

👉 También puede supervisar servicios públicos gestionados por empresas privadas.


5️⃣ Nombramiento y mandato

El Defensor del Pueblo:

  • Es elegido por las Cortes Generales (Congreso y Senado).

  • Mayoría de 3/5 en ambas cámaras.

  • Mandato de 5 años.

  • Puede ser reelegido.

Tiene Adjuntos que le ayudan en su labor.


6️⃣ Incompatibilidades

No puede:

  • Tener cargos políticos.

  • Ejercer actividad profesional.

  • Pertenecer a partidos políticos o sindicatos.

  • Realizar actividades públicas incompatibles.

👉 Debe dedicarse exclusivamente al cargo.


7️⃣ Relación con la Administración

Las Administraciones están obligadas a:

✔ Colaborar con el Defensor
✔ Enviar información solicitada
✔ Permitir inspecciones

👉 La obstrucción puede ser denunciada ante las Cortes.


8️⃣ Informes

El Defensor presenta:

  • Informe anual a las Cortes Generales.

  • Informes extraordinarios si es necesario.

Estos informes analizan problemas administrativos y recomiendan soluciones.


9️⃣ Cese

Puede cesar por:

  • Fin del mandato

  • Renuncia

  • Muerte o incapacidad

  • Negligencia grave

  • Condena penal

  • Acuerdo de las Cortes


🧠 Ideas clave para memorizar

✔ Alto Comisionado de las Cortes
✔ Defiende derechos frente a la Administración
✔ Independiente
✔ Quejas gratuitas
✔ Mandato 5 años
✔ Mayoría 3/5
✔ No sanciona, solo recomienda


📌 Truco para examen

👉 Piensa en el Defensor del Pueblo como el “abogado del ciudadano contra la Administración”, pero sin poder sancionar.

lunes, 16 de febrero de 2026

Cronología y Plazos del Proceso Electoral

📅 Cronología y Plazos del Proceso Electoral

Fase del Proceso

Plazo / Temporalidad

Referencia TRET

Preaviso (Promoción)

Mínimo 1 mes antes del inicio del proceso.

Art. 67

Inicio del proceso

Entre 1 y 3 meses desde el registro de la comunicación.

Art. 67

Traslado comunicación a empresa

Mínimo 20 días antes del inicio (si se omitió el preaviso oficial).

Art. 67

Renovación por fin de mandato

Solo a partir de 3 meses antes de que venzan los 4 años.

Art. 67

Constitución de la Mesa

En la fecha fijada como inicio del proceso.

Art. 67

Exposición del censo

Tras la constitución de la mesa.

Art. 74

Reclamaciones al censo

Hasta 24 horas después de finalizar la exposición.

Art. 74

Resolución y lista definitiva

Dentro de las 24 horas siguientes a la reclamación.

Art. 74

Presentación candidaturas

Durante los 9 días siguientes a la lista definitiva.

Art. 74

Proclamación candidatos

En los 2 días laborables posteriores a la presentación.

Art. 74

Reclamación proclamación

Dentro del día laborable siguiente.

Art. 74

Resolución reclamación

En el posterior día hábil.

Art. 74

Votación

Al menos 5 días después de la proclamación definitiva.

Art. 74

Redacción acta escrutinio

Plazo no superior a 3 días naturales.

Art. 74

Presentación acta en Oficina Pública

En el plazo de 3 días por el Presidente de la mesa.

Art. 75

Publicación copia del acta

En el inmediato día hábil por la Oficina Pública.

Art. 75

Registro de actas

Tras 10 días hábiles desde la publicación.

Art. 75

Subsanación de errores

10 días hábiles tras el requerimiento de la Oficina Pública.

Art. 75


⚠️ Reglas Especiales de Revocación

  • Iniciativa: Mínimo 1/3 de los electores.
  • Aprobación: Mayoría absoluta de los electores mediante asamblea.
  • Limitación temporal: No puede efectuarse durante la tramitación de un convenio colectivo.
  • Reiteración: No puede replantearse hasta transcurridos al menos 6 meses

Ley Orgánica 2/1979 (LOTC)

Ley Orgánica 2/1979 (LOTC) . Este esquema te ayudará a ubicar cada procedimiento y norma orgánica rápidamente. Aquí tienes el esquema estruc...