martes, 20 de enero de 2026

TEMA 43. EL CONTRATO DE TRABAJO.

 

TEMA 43. EL CONTRATO DE TRABAJO – RESUMEN PARA ESTUDIO

1. CONCEPTO DE CONTRATO DE TRABAJO

No existe un concepto legal cerrado, pero según el art. 1.1 del ET, hay contrato de trabajo cuando una persona:

  • Presta servicios voluntarios

  • Por cuenta ajena

  • Retribuidos

  • Bajo la organización y dirección de otra persona (empresario)

👉 Elementos esenciales:

  • Voluntariedad

  • Ajenidad

  • Dependencia o subordinación

  • Retribución (salario)

2. DIFERENCIA CON FIGURAS AFINES

  • Arrendamiento de servicios: falta dependencia.

  • Arrendamiento de obra: se debe un resultado, no una actividad.

  • Mandato: puede ser gratuito, sin dependencia y se actúa en nombre de otro.

3. EXCLUSIONES DEL ÁMBITO LABORAL (art. 1.3 ET)

No son relaciones laborales:

  • Funcionarios públicos

  • Prestaciones personales obligatorias

  • Consejeros y administradores (si solo realizan funciones propias del cargo)

  • Trabajos de amistad o benevolencia

  • Trabajos familiares (salvo prueba de salario)

  • Actividades mercantiles con riesgo propio

  • Otras relaciones distintas a las del art. 1.1 ET


4. NATURALEZA JURÍDICA DEL CONTRATO DE TRABAJO

Es un negocio jurídico:

  • Bilateral

  • Consensual

  • Típico y nominado

  • Sinalagmático

  • Oneroso

  • Conmutativo

  • De duración (indefinido o temporal)

Relaciones laborales especiales (art. 2 ET)

Ejemplos:

  • Alta dirección

  • Servicio del hogar familiar

  • Deportistas profesionales

  • Artistas

  • Personas con discapacidad en centros especiales de empleo

  • Abogados en despachos

  • MIR y otros especialistas sanitarios


5. SUJETOS DEL CONTRATO

a) Trabajador

  • Siempre persona física

  • Capacidad:

    • Mayores de 18 años

    • Mayores de 16 y menores de 18 con requisitos legales

  • Prohibido trabajar a menores de 16 (salvo espectáculos con autorización)

b) Empresario

  • Persona física o jurídica

  • También comunidades de bienes

  • Empresas de Trabajo Temporal (ETT)


6. FORMA DEL CONTRATO (art. 8 ET)

  • Puede ser verbal o escrito

  • Presunción de contrato indefinido y a jornada completa si no consta por escrito

Deben constar por escrito:

  • Contratos formativos

  • Contratos a tiempo parcial

  • Fijos-discontinuos

  • De relevo

  • De obra o servicio

  • Temporales de más de 4 semanas

  • Trabajo a distancia, pescadores y trabajadores en el extranjero

El empresario debe:

  • Comunicar el contrato al SEPE

  • Entregar copia básica a la representación legal de los trabajadores


7. VALIDEZ DEL CONTRATO (art. 9 ET)

  • Nulidad parcial → el contrato sigue vigente en lo demás

  • Nulidad total → el trabajador cobra por el trabajo realizado

  • Nulidad por discriminación salarial → derecho a salario igual


8. CONTENIDO DEL CONTRATO DE TRABAJO

Basado en la autonomía de la voluntad (art. 1255 CC), respetando la ley y el convenio.

a) Duración

  • Presunción de contrato indefinido

  • Temporal solo por:

    • Circunstancias de la producción

    • Sustitución de persona trabajadora

b) Prestación laboral

  • Grupo profesional (art. 22 ET)

  • Posible polivalencia funcional

  • Derecho a promoción y formación

c) Derechos y deberes básicos

  • Igualdad y no discriminación (art. 17)

  • Dignidad e intimidad (art. 18)

  • Seguridad y salud laboral (art. 19)

  • Dirección y control empresarial (art. 20)

  • Derechos digitales y desconexión (art. 20 bis)

  • Pactos de no concurrencia y permanencia (art. 21)

d) Tiempo de trabajo

  • Jornada máxima: 40 horas semanales de promedio anual

  • Regulación de descansos, vacaciones, horas extra, turnos, etc.

e) Periodo de prueba

  • Debe pactarse expresamente

f) Salario

  • Totalidad de percepciones económicas por trabajo

  • Salario en especie: máximo 30%

  • Garantías:

    • Igual salario por trabajo de igual valor

    • Pago puntual (máximo mensual)

    • Interés por mora: 10%

    • Salario mínimo interprofesional (SMI)

    • Recibo de salarios obligatorio

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Título II: De las operaciones de endeudamiento (Arts. 28-45) DL1/99

  Título II: De las operaciones de endeudamiento (Arts. 28-45) Este título regula cómo la Comunidad Autónoma pide dinero prestado y qué lími...