martes, 28 de julio de 2026

Términos y plazos ley 39/2015

 Vamos a ordenar en un esquema básico los términos y plazos en la Ley 39/2015 (Título II, arts. 29 a 33), tal y como suele pedirse en nivel auxiliar/administrativo.

  1. Conceptos generales
  • Término: momento concreto (día/fecha) en que debe hacerse algo.
  • Plazo: período de tiempo (días, meses, años) dentro del cual debe realizarse un acto.
  1. Cómputo de plazos (art. 30)
  • Los plazos pueden fijarse en días, meses o años.
  • Con carácter general, los plazos en días son hábiles, salvo que la norma diga “naturales”.
  • No se cuentan sábados, domingos ni festivos en días hábiles.
  • El plazo empieza a contar al día siguiente de la notificación o publicación.
  • Si el último día es inhábil, se prorroga al primer día hábil siguiente.
  1. Cómputo en los registros (art. 31)
  • Presentación electrónica: se puede hacer 24/7, pero a efectos de plazo, cuentan los días hábiles en la sede de la Administración.
  • Lo presentado un día inhábil se entiende presentado el primer día hábil siguiente.
  1. Ampliación de plazos (art. 32)
  • La Administración puede ampliar plazos de oficio o a petición del interesado, si no perjudica a terceros.
  • La ampliación no puede exceder de la mitad del plazo inicial.
  • Debe acordarse antes de que venza el plazo.
  1. Tramitación de urgencia (art. 33)
  • Reduce a la mitad los plazos ordinarios del procedimiento.
  • Se acuerda cuando lo exijan razones de interés público.
  • No afecta al plazo máximo para resolver, salvo que una norma lo prevea.

Puntos clave:

  • Punto clave 1: Siempre que veas un plazo, piensa primero: ¿días hábiles o naturales? ¿cuándo empieza a contar?
  • Punto clave 2: Ampliar = hasta la mitad más y antes de vencer; urgencia = plazos a la mitad por interés público.

Truco para recordarlo: “30 cuenta, 31 registra, 32 alarga, 33 acelera”.

Ejemplo cercano: Te notifican una resolución el 5 de marzo (miércoles) con 1 mes para recurrir; el plazo empieza el 6 de marzo y termina el 6 de abril (salvo que sea inhábil, en cuyo caso pasa al siguiente hábil). Si la Administración declara la tramitación de urgencia, los plazos intermedios del procedimiento se reducen a la mitad.


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