jueves, 4 de junio de 2026

1.- La Constitución Española de 1978. Los principios constitucionales. Los valores más altos. Derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales.


1.- La Constitución Española de 1978. Los principios constitucionales. Los valores más altos. Derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. 


"Fecha Suceso importante 

31 de octubre de 1978 Aprobación del texto de la Constitución 

6 de diciembre de 1978 Aprobación en referéndum 

27 de diciembre de 1978 Sanción y promulgación del Rey 

29 de diciembre de 1978 Publicación de la Constitución en el BOE 

29 de diciembre de 1978 Entrada en vigor de la Constitución"


La parte dogmática recoge los valores fundamentales de la sociedad y los derechos y libertades básicas de las personas. Es la zona del texto donde se dice qué cosas el Estado debe respetar siempre y en qué aspectos no puede meterse (por ejemplo, derechos fundamentales, libertades públicas, etc.). En la Constitución Española, esta parte está en el Título Preliminar y el Título I, donde se habla de principios, valores y derechos de los ciudadanos.

La parte orgánica explica cómo se organiza el Estado: qué órganos existen (Corona, Cortes Generales, Gobierno, Tribunales), qué funciones tiene cada uno y cómo se reparten el poder entre ellos. Es, por así decirlo, el “manual de funcionamiento” de las instituciones del Estado y de la división de poderes.

Puntos clave:

  • Punto clave 1: La parte dogmática = valores y derechos fundamentales que el Estado debe respetar.
  • Punto clave 2: La parte orgánica = estructura del Estado y reparto de poderes entre sus órganos.

Truco para recordarlo: “Dogmática = ‘dignidad y derechos’; Orgánica = ‘órganos y organización’”.

Ejemplo cercano: Imagina un instituto. La parte dogmática sería el apartado del reglamento donde se reconocen tus derechos (a la educación, a ser respetado, a la participación). La parte orgánica sería el esquema que explica quién manda qué: director, jefes de estudio, tutores, consejo escolar, y qué funciones tiene cada uno.

La Constitución Española se compone de un Preámbulo, un Título Preliminar y 10 Títulos, con un total de 169 artículos, 4 Disposiciones Adicionales, 9 Disposiciones Transitorias, una Derogatoria y otra Final.


En la Constitución Española, la parte dogmática está constituida por dos títulos:
1.1.1.1.
PREÁMBULO
En el Preámbulo de la Constitución se anuncia que la Nación española, deseando establecer

la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su

soberanía, proclama su voluntad de:

1º)
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes con-
forme a un orden económico y social justo.

2º)
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de
la voluntad popular.

3º)
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos
humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.

4º)
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna
calidad de vida.

5º)
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
6º)
Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación
entre todos los pueblos de la Tierra

Título preliminar (artículos 1 a 9).
Título I, «De los derechos y deberes
fundamentales» (artículos 10 a 55).

En la Constitución Española, la parte dogmática está constituida por dos títulos:
1.1.1.1.
PREÁMBULO
En el Preámbulo de la Constitución se anuncia que la Nación española, deseando establecer

la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su

soberanía, proclama su voluntad de:

1º)
Garantizar la convivencia democrática dentro de la Constitución y de las leyes con-
forme a un orden económico y social justo.

2º)
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión de
la voluntad popular.

3º)
Proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos
humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones.

4º)
Promover el progreso de la cultura y de la economía para asegurar a todos una digna
calidad de vida.

5º)
Establecer una sociedad democrática avanzada, y
6º)
Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de eficaz cooperación
entre todos los pueblos de la Tierra

Título preliminar (artículos 1 a 9).
Título I, «De los derechos y deberes
fundamentales» (artículos 10 a 55).

echa Suceso importante
31 de octubre de 1978
Aprobación del texto de la Constitución
6 de diciembre de 1978
Aprobación en referéndum
27 de diciembre de 1978
Sanción y promulgación del Rey
29 de diciembre de 1978
Publicación de la Constitución en el BOE
29 de diciembre de 1978
Entrada en vigor de la Constitución

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