lunes, 13 de marzo de 2023

Tema 21. La Organización de la Unión Europea (II).El Parlamento Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas. El Banco Central Europeo. Los órganos consultivos y las agencias.

 La Organización de la Unión Europea (II).

1. El Parlamento Europeo. 

Función: Órgano de la UE elegido por sufragio directo, con responsabilidades legislativas, de supervisión y presupuestarias

Miembros: 705 eurodiputados (diputados al Parlamento Europeo)

Presidenta: Roberta Metsola

Creado en: 1952 como Asamblea Común de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero y en 1962 como Parlamento Europeo; las primeras elecciones por sufragio directo fueron en 1979

Sede: Estrasburgo (Francia), Bruselas (Bélgica), Luxemburgo

Sitio web Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo es el órgano legislativo de la UE. Es elegido directamente por los votantes de la UE cada cinco años. Las últimas elecciones se celebraron en mayo de 2019.

Elecciones

Las elecciones europeas se celebraron del 23 al 26 de mayo de 2019.

Más información sobre los resultados de las elecciones europeas de 2019

¿Qué hace el Parlamento?

El Parlamento desempeña tres funciones principales:

Competencias legislativas

  • Aprobar la legislación de la UE, junto con el Consejo de la Unión Europea, a partir de las propuestas de la Comisión Europea
  • Decidir sobre acuerdos internacionales
  • Decidir sobre ampliaciones
  • Revisar el programa de trabajo de la Comisión y pedirle que elabore propuestas de legislación
  • Competencias de supervisión
  • Control democrático de todas las instituciones de la UE
  • Elegir al Presidente de la Comisión y aprobar a la Comisión como colegio. Posibilidad de aprobar una moción de censura, que obligue a la Comisión a dimitir
  • Aprobar la gestión del presupuesto, es decir, la aprobación de la manera en que se han gastado los presupuestos de la UE
  • Examinar las peticiones de los ciudadanos y realizar investigaciones
  • Debatir la política monetaria con el Banco Central Europeo
  • Formular preguntas a la Comisión y al Consejo
  • Observación electoral

Competencias presupuestarias

  • Establecer el presupuesto de la UE junto con el Consejo
  • Aprobar el presupuesto de la UE a largo plazo, es decir, el «marco financiero plurianual»

Composición

El número de eurodiputados por cada país es aproximadamente proporcional a su población, pero siguiendo una proporcionalidad decreciente: ningún país puede tener menos de 6 ni más de 96 eurodiputados, y el número total no puede ser superior a 705 (704 más el Presidente). Los diputados al Parlamento Europeo se agrupan por afinidades políticas, no por nacionalidades.

El Presidente representa al Parlamento ante las demás instituciones de la UE y en el exterior y da el visto bueno final al presupuesto de la UE.

¿Cómo funciona el Parlamento?

El trabajo del Parlamento se realiza, principalmente, en dos etapas:

En las comisiones se prepara la legislación.

El Parlamento cuenta con veinte comisiones y tres subcomisiones, cada una de las cuales se ocupa de un ámbito político determinado. Las comisiones examinan las propuestas de legislación y los eurodiputados y grupos políticos pueden presentar enmiendas o proponer rechazar un proyecto de ley. Estas cuestiones son también objeto de debate en los grupos políticos.

En las sesiones plenarias se aprueba la legislación.

La sesión plenaria es el momento en que todos los diputados del Parlamento Europeo se reúnen en la cámara para la votación final de la legislación propuesta y de las propuestas de modificación. Normalmente se celebran en Estrasburgo durante cuatro días al mes, pero a veces hay sesiones adicionales en Bruselas.

2. El Tribunal de Justicia. 

Tribunal de justicia

El Tribunal vela por el cumplimiento del Derecho de la Unión, así como por la correcta interpretación y aplicación de los Tratados: revisa la legalidad de los actos de las instituciones de la UE, garantiza que los Estados miembros cumplan sus obligaciones en virtud de los Tratados e interpreta el Derecho de la Unión a petición de los órganos jurisdiccionales nacionales.

Visión general

  • Función: Garantizar que la legislación de la UE se interprete y aplique de la misma manera en cada uno de los países miembros; garantizar que los países miembros y las instituciones europeas cumplan la legislación de la UE
  • Miembros:
  • Tribunal de Justicia: un juez de cada país de la UE y once abogados generales
  • Tribunal General: dos jueces de cada país de la UE
  • Año de creación: 1952
  • Sede: Luxemburgo
  • Sitio web: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) interpreta la legislación de la UE para garantizar que se aplique de la misma manera en todos los países miembros, y resuelve los litigios entre los gobiernos nacionales y las instituciones europeas.

En determinadas circunstancias, también pueden acudir al Tribunal los particulares, las empresas y las organizaciones que crean vulnerados sus derechos por una institución de la UE.

¿Qué hace el TJUE?

El TJUE resuelve los asuntos que se le plantean. Los más comunes son:

Interpretar la legislación (decisiones prejudiciales). Los tribunales nacionales deben garantizar que la legislación europea se aplique correctamente, pero a veces los tribunales de distintos países interpretan las normas de distintas maneras. Si un tribunal nacional tiene dudas sobre la interpretación o validez de una ley de la UE, puede pedir una clarificación al Tribunal de Justicia europeo. El mismo mecanismo puede utilizarse para determinar si una ley o práctica nacional es compatible con la legislación de la UE.

Aplicar la legislación (procedimientos de infracción). Este tipo de acción se emprende contra una administración nacional por incumplir la legislación de la UE. Puede entablarla tanto la Comisión Europea como otro país miembro. Si se comprueba que un país ha incumplido las normas, tendrá que poner remedio o afrontar nuevas acciones y una posible multa.

Anular actos jurídicos de la UE (recursos de anulación). Si se considera que una acto jurídico de la UE vulnera los tratados de la UE o los derechos fundamentales, los gobiernos de los países miembros, el Consejo de la UE o, en algunos casos, el Parlamento Europeo pueden solicitar al Tribunal que lo anule.

También los particulares pueden solicitar al Tribunal que anule un acto jurídico de la UE que les afecte directamente.

Garantizar que la UE actúe (recursos por omisión). En determinadas circunstancias, el Parlamento, el Consejo y la Comisión deben tomar decisiones. Si no lo hacen, los gobiernos nacionales, otras instituciones europeas o, en determinadas circunstancias, los particulares o empresas pueden recurrir al Tribunal.

Sancionar a las instituciones europeas (acciones por daños y perjuicios). Puede recurrir al Tribunal cualquier persona o empresa que se considere perjudicada en sus intereses por acción u omisión de la UE o de su personal.

Composición

El TJUE consta de dos órganos:

El Tribunal de Justicia: resuelve las cuestiones prejudiciales planteadas por los tribunales nacionales, ciertos recursos de anulación y los recursos de casación.

El Tribunal General: resuelve los recursos de anulación que interponen los particulares, las empresas y, en algunos casos, los gobiernos nacionales. Esto significa que, en la práctica, este tribunal se ocupa sobre todo de la legislación sobre competencia, ayudas estatales, comercio, agricultura y marcas comerciales.

Los gobiernos nacionales designan a cada juez y abogado general por un período renovable de seis años. En cada uno de los tribunales, los jueces eligen a su presidente para un mandato renovable de tres años.

¿Cómo funciona el TJUE?

En el Tribunal de Justicia, a cada asunto se le asigna un juez («el juez ponente») y un abogado general. Los asuntos se instruyen en dos fases:

Fase escrita

Las partes presentan al Tribunal alegaciones escritas; también pueden formular observaciones las administraciones nacionales, las instituciones europeas y, en algunos casos, los particulares.

El juez ponente resume todas las alegaciones y observaciones, que a continuación se debaten en la reunión general del Tribunal, donde se decide:

  • cuántos jueces se ocuparán del asunto: tres, cinco o quince jueces —todo el Tribunal—, en función de la importancia y complejidad del asunto (esto último ocurre en muy raras ocasiones: en la mayoría son cinco);
  • si debe celebrarse una vista (fase oral) y si es necesario un dictamen oficial del abogado general.

Fase oral: la vista pública

Los abogados de ambas partes plantean sus argumentos ante los jueces y el abogado general, quienes pueden formular preguntas.

Si el Tribunal decide solicitar un dictamen al abogado general, este lo emite unas semanas después de la vista.

A continuación, los jueces deliberan y dan su veredicto.

En el Tribunal General, el procedimiento es parecido, salvo que en la mayoría de los asuntos hay tres jueces y no hay abogado general.

2.1 Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea

  • Jurisdicción Europa
  • Sede Kirchberg
  • Depende de Tribunal de Justicia de la Unión Europea
  • Fundación 12 de diciembre de 2005
  • Disolución 31 de agosto de 2016

El Tribunal de la Función Pública era un órgano judicial especializado que formaba parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en particular adscrito al Tribunal General. 

Fue creado a través de una Decisión el año 20041​ y efectivamente establecido el 2 de diciembre de 2005. Actualmente se encuentra disuelto (1 de septiembre de 2016), pasando sus competencias al Tribunal General.

Este Tribunal estaba compuesto por siete jueces, nombrados por el Consejo, para un periodo de seis años renovable. Éstos, a su vez, designaban a su Presidente, para un periodo de tres años renovable. El Tribunal actuaba en Salas (normalmente de tres jueces, pero también de cinco o de un juez) o en Pleno.

El Tribunal de la Función Pública conocía en primera instancia de los litigios entre la Unión Europea y sus agentes, según el artículo 270 del TFUE. Los casos incluyen las relaciones laborales en sentido estricto y el régimen de seguridad social.

Las decisiones dictadas por este Tribunal podían ser objeto, en un plazo de dos meses, de un recurso de casación ante el Tribunal General limitado a las cuestiones de Derecho.

3. EL TRIBUNAL DE CUENTAS

Visión general

Función: Comprobar que los fondos de la UE se perciben y se utilizan correctamente; contribuir a mejorar la gestión financiera de la UE

Presidente: Tony Murphy

Miembros: Uno por cada país de la UE

Año de creación: 1977

Sede: Luxemburgo

Sitio web: Tribunal de Cuentas Europeo

En su calidad de auditor externo independiente de la UE, el Tribunal de Cuentas Europeo (TCE), situado en Luxemburgo, vela por los intereses de los contribuyentes europeos. Aunque el TCE no tiene capacidad jurídica, contribuye a mejorar la gestión del presupuesto de la UE por parte de la Comisión Europea e informa sobre las finanzas de la Unión.

¿Qué hace el TCE?

Audita los ingresos y los gastos de la UE para verificar que la percepción, uso, rentabilidad y contabilidad de los fondos son los correctos.

Supervisa a cualquier persona u organización que maneje fondos de la UE, en particular mediante controles puntuales en las instituciones de la UE (especialmente en la Comisión), los Estados miembros y los países que reciben ayuda de la UE.

Elabora conclusiones y recomendaciones dirigidas a la Comisión Europea y los Gobiernos nacionales en sus informes de auditoría.

Informa de sus sospechas de fraude, corrupción u otras actividades ilegales a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF).

Elabora un informe anual para el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE, que el Parlamento examina antes de aprobar la gestión del presupuesto de la UE por parte de la Comisión.

Facilita dictámenes periciales a los responsables políticos de la UE sobre cómo mejorar la gestión financiera y la rendición de cuentas a los ciudadanos.

Además, publica dictámenes sobre la legislación preparatoria que incidirá en la gestión financiera de la UE, así como documentos de posición, estudios y publicaciones específicas sobre cuestiones relacionadas con las finanzas públicas de la UE.

Para poder ser eficaz, el Tribunal debe ser independiente de las instituciones y organismos que audita. 

Por eso, goza de plena libertad para decidir:

  • qué somete a auditoría;
  • cómo lo hace;
  • dónde y cuándo presenta sus conclusiones.

La labor de fiscalización del Tribunal se centra esencialmente en la Comisión Europea, puesto que es la responsable principal de la ejecución del presupuesto de la UE. Sin embargo, también colabora estrechamente con las autoridades nacionales, ya que la Comisión gestiona junto con ellas la mayor parte de los fondos de la UE (cerca del 80 %).

Composición

Los miembros del Tribunal son nombrados por el Consejo, previa consulta al Parlamento Europeo, para un mandato renovable de seis años. Eligen a uno de los miembros como presidente por un período de tres años (también renovable).

¿Cómo funciona el TCE?

El TCE lleva a cabo tres tipos de auditorías:

  • auditorías financieras, en las que comprueba si las cuentas reflejan fielmente la situación financiera, los resultados y los flujos de tesorería de un determinado ejercicio;
  • auditorías de conformidad, en las que comprueba si las transacciones financieras se ajustan a la normativa;
  • auditorías de resultados, en las que comprueba si la financiación de la UE ha alcanzado sus objetivos con el menor número de recursos posible y de la manera más económica.

El Tribunal de Cuentas se divide en grupos de auditoría, que se denominan «salas», cuya tarea es elaborar informes y dictámenes que pasan a ser oficiales cuando los aprueban los miembros del Tribunal.

4. BANCO CENTRAL EUROPEO 

Banco Central Europeo

“El Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales constituirán el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC). El Banco Central Europeo y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro, que constituyen el Eurosistema, dirigirán la política monetaria de la Unión. (Artículo 282 del TFUE)”

¿Qué es?

El Banco Central europeoAbre nueva ventana  (BCE) es la institución de la UE, con personalidad jurídica propia, que constituye el núcleo del Eurosistema y del Mecanismo Único de Supervisión. Tiene su sede en Frankfurt.

El Eurosistema está formado por el BCE y los BCN de los Estados miembros que han adoptado el euro. El objetivo principal del Eurosistema es mantener la estabilidad de precios, es decir, salvaguardar el valor del euro.

En el marco del Mecanismo Único de Supervisión, del que también forman parte las autoridades nacionales competentes, el Banco Central Europeo es responsable de la supervisión prudencial de las entidades de crédito radicadas en la zona del euro y en los Estados miembros participantes no pertenecientes a la zona del euro. De este modo, contribuye a la seguridad y la solidez del sistema bancario y a la estabilidad del sistema financiero en la UE y en cada Estado miembro participante.

¿Quién lo forma?

El Banco Central europeo  (BCE) es el banco central de los 19 países de la Unión Europea que han adoptado el Euro.

¿Cómo funciona?

El Banco Central Europeo está formado por los siguientes órganos de dirección y toma de decisiones:

El Consejo de Gobierno que es el principal órgano rector del BCE y tiene como misión adoptar las orientaciones y decisiones necesarias para garantizar el cumplimiento de las funciones asignadas al BCE y al Eurosistema y formular la política monetaria de la zona del euro. El Consejo está integrado por los 6 miembros del Comité Ejecutivo y los 19 gobernadores de los bancos centrales nacionales de los países de la zona del euro. El Consejo de Gobierno se reunirá al menos diez veces al año.

El Comité Ejecutivo que  se ocupa de la gestión diaria del BCE y está compuesto por el presidente, el vicepresidente y otros cuatro miembros nombrados por los dirigentes de los países de la zona del euro por un mandato de ocho años. Es responsable de poner en práctica la política monetaria, gestionar las operaciones cotidianas del Banco, preparar las reuniones del Consejo de Gobierno y ejercer determinadas facultades delegadas por el Consejo de Gobierno.

El Consejo General que tiene una función consultiva y de coordinación y ayuda a preparar la adopción del euro en nuevos países. Está formado por el Presidente, el Vicepresidente del BCE y los  gobernadores de los bancos centrales nacionales (BCN) de los 27 Estados miembros de la UE. El Consejo General será disuelto una vez que todos los Estados miembros de la UE hayan adoptado la moneda única.

El Consejo de Supervisión que se reúne dos veces al mes para debatir, planificar y ejecutar las tareas de supervisión del BCE. Asimismo, propone al Consejo de Gobierno proyectos de decisiones de acuerdo con el procedimiento de no objeción. Está compuesto por un presidente (nombrado para un mandato de cinco años no renovable); un vicepresidente (elegido de entre los miembros del Comité Ejecutivo del BCE); cuatro representantes del BCE y representantes de los supervisores nacionales.

5. LOS ÓRGANOS CONSULTIVOS Y LAS AGENCIAS 

Además de las instituciones, hay una serie de órganos que desempeñan funciones específicas para ayudar a la UE a cumplir sus cometidos. Algunos órganos tienen la función de asesorar a las instituciones (como el Comité Económico y Social Europeo o el Comité Europeo de las Regiones); otros velan por que las instituciones cumplan las normas y los procedimientos de la Unión (el Defensor del Pueblo Europeo o el Supervisor Europeo de Protección de Datos). El Servicio Europeo de Acción Exterior es un organismo de política exterior que presta apoyo a la UE en materia de asuntos exteriores.

5.1. EL COMITE ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO (CESE)

El CESE representa a diversas partes interesadas de la sociedad civil de toda Europa, incluidos empresarios, trabajadores y representantes de otras organizaciones sociales, profesionales, económicas y culturales. El Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea consultan con el CESE cuando toman decisiones sobre asuntos políticos que se encuentran dentro de su ámbito de competencia.

Visión general

Función: Órgano consultivo que representa a las organizaciones de trabajadores y empresarios y otros grupos de interés

  • Presidenta: Christa Schweng
  • Miembros: 329, procedentes de todos los países de la UE
  • Año de creación: 1957
  • Centro: Bruselas (Bélgica)
  • Sitio web: Comité Económico y Social Europeo

El Comité Económico y Social Europeo (CESE) es un órgano consultivo de la UE compuesto por representantes de las organizaciones de trabajadores y empresarios y otros grupos de interés. Emite dictámenes sobre cuestiones de la UE para la Comisión Europea, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo, y actúa como puente entre las instituciones de la Unión con capacidad decisoria y los ciudadanos europeos.

¿Qué hace el CESE?

Permite a los grupos de interés emitir una opinión formal sobre las propuestas legislativas de la UE. Sus tres tareas principales son:

  • velar por que la política y la legislación de la UE se adapten a las condiciones económicas y sociales, en busca de un consenso que sirva al bien común;
  • promover una UE participativa, dando voz a las organizaciones de trabajadores y empresarios y otros grupos de interés y garantizando el diálogo con ellos;
  • promover los valores de la integración europea e impulsar la causa de la democracia participativa y las organizaciones de la sociedad civil.

Composición

Los miembros del CESE representan al abanico de organizaciones de la sociedad civil de toda Europa, incluidas las empresas, los sindicatos y otros intereses. Son designados por los gobiernos nacionales y nombrados por el Consejo de la UE por un período renovable de cinco años. El número de miembros de cada país depende de su población.

El CESE elige a su presidente y a dos vicepresidentes por períodos de dos años y medio. Los miembros pueden pertenecer a uno de estos tres grupos:

  • empresarios
  • trabajadores
  • otros grupos de interés (p. ej. agricultores, consumidores, etc.)

¿Cómo funciona el CESE?

El CESE recibe consultas del Parlamento Europeo, el Consejo de la UE y la Comisión Europea sobre varios asuntos. También emite dictámenes por iniciativa propia.

Los miembros trabajan para la UE y actúan con independencia de sus gobiernos. Se reúnen nueve veces al año y adoptan los dictámenes por mayoría simple.

Las secciones especializadas del CESE y la Comisión Consultiva de las Transformaciones Industriales se encargan de preparar las reuniones. Los grupos de reflexión de especialistas del CESE (llamados «observatorios») siguen los avances de las estrategias de la UE.

El CESE mantiene el contacto con los consejos económicos y sociales regionales y nacionales de toda la UE, sobre todo para intercambiar información y debatir cuestiones específicas.

5.2. EL COMITE DE LAS REGIONES 

Comité Europeo de las Regiones (CDR)

El CDR representa a las autoridades regionales y locales. El Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea consultan con este Comité sobre cuestiones pertinentes para las autoridades locales y regionales.

Visión general

  • Función: Organismo consultivo que representa a los entes regionales y locales de Europa
  • Presidente: Vasco Alves Cordeiro 
  • Año de creación: 1994
  • Sede: Bruselas (Bélgica)
  • Sitio web: Comité Europeo de las Regiones

El Comité Europeo de las Regiones (CDR) es un organismo consultivo de la UE compuesto por representantes elegidos a escala local y regional, procedentes de todos los veintisiete Estados miembros de la UE. A través del CDR, los representantes pueden dar a conocer su opinión sobre la legislación de la UE que repercute directamente en las regiones y ciudades.

¿Qué hace el CDR?

El CDR permite a las regiones y ciudades participar formalmente en la elaboración de la legislación de la UE, garantizando que se respeten la posición y las necesidades de las autoridades regionales y locales.

La Comisión Europea, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo deben consultar al CDR al elaborar actos legislativos sobre asuntos relacionados con la administración local y regional, como la sanidad, la educación, el empleo, la política social, la cohesión económica y social, el transporte, la energía y el cambio climático.

De lo contrario, el CDR puede llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia.

Cuando el CDR recibe una propuesta legislativa, redacta y adopta un dictamen y lo hace llegar a las instituciones pertinentes de la UE.

El CDR también emite dictámenes por iniciativa propia.

Composición

Los miembros del CDR son representantes elegidos que están al servicio de las autoridades locales o regionales. Cada país designa a sus miembros y el Consejo de la UE los designa por un período renovable de cinco años. El número de miembros de un país depende de su población.

Los miembros de cada país constituyen la delegación nacional, que refleja el equilibrio político, geográfico, regional y local del país correspondiente.

Los miembros también pueden optar por formar parte de un grupo político en el seno del CDR. En la actualidad hay seis grupos políticos que reflejan las distintas afiliaciones políticas: el Partido Popular Europeo (PPE), el Partido de los Socialistas Europeos (PSE), Renew Europe, el Grupo de la Alianza Europea (AE), el Grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos (CRE) y los Verdes. Los miembros también pueden optar por no formar parte de ningún partido político (no inscritos).

El CDR designa entre sus miembros a un presidente por un período de dos años y medio.

¿Cómo funciona el CDR?

El CDR nombra a un ponente (uno de sus miembros), que consulta a las partes interesadas y elabora el dictamen. La comisión del CDR responsable del ámbito político en cuestión debate y adopta el texto. A continuación, el dictamen se presenta en sesión plenaria a todos los miembros, que votan su modificación y adopción. Por último, el dictamen se publica y se envía a todas las instituciones pertinentes de la UE.

Cada año se celebran seis sesiones plenarias, en las que se adoptan dictámenes que tratan entre cincuenta y ochenta proyectos legislativos.

5.3. LAS AGENCIAS 

Agencias descentralizadas

En la actualidad existen más de treinta agencias descentralizadas. Tienen su propia personalidad jurídica, se establecen durante un período indefinido y son distintas de las instituciones de la Unión. 

Las agencias descentralizadas contribuyen a la aplicación de las políticas de la UE. También apoyan la cooperación entre la UE y las administraciones nacionales, poniendo en común los conocimientos técnicos y especializados de ambos.

Las agencias descentralizadas están distribuidas por toda Europa y trabajan en asuntos que afectan a la vida cotidiana de los casi 450 millones de habitantes de la Unión. Algunos ejemplos incluyen los alimentos, los medicamentos, la justicia, la seguridad de los transportes, la drogadicción o el medio ambiente.

Por ejemplo:

La Agencia Europea de Medicamentos es una agencia descentralizada con sede en Ámsterdam. Fundada en 1995, trabaja para garantizar la eficacia y seguridad de los medicamentos de uso humano y veterinario en toda Europa. También promueve la investigación y la innovación en el desarrollo de medicamentos. 

Ha contribuido significativamente al desarrollo de medicamentos infantiles, remedios para enfermedades raras, terapias avanzadas y medicamentos a base de plantas y de uso veterinario. También tiene un papel que desempeñar a la hora de abordar desafíos de salud pública como el sida, en cáncer, el Alzheimer y la diabetes.

Agencia Europea Control de Pesca 

Visión general

Cometido: La AECP vela por la correcta aplicación de la política pesquera común de la UE

Directora ejecutiva: Susan Steele

Año de creación: 2005

Plantilla: 73

Ubicación: Vigo (España)

Web: Agencia Europea de Control de la Pesca

Qué hace

La AECP tiene el cometido de fomentar los más altos niveles comunes de control, inspección y supervisión según la política pesquera común (PPC). Para ello, la AECP coordina la cooperación entre las actividades de control e inspección nacionales.

Además, la AECP asiste a la Comisión y los Estados miembros de la UE al ofrecer formación a los inspectores y formadores de los países miembros para que garanticen la correcta aplicación de las normas de la PPC.

A quién beneficia

El valor añadido de la EFCA es su contribución a la igualdad de condiciones en la industria pesquera de toda Europa, de modo que todos respeten las normas europeas y todos los operadores del sector reciban el mismo trato allí donde operen.

Además, la PPC contribuye a una pesca sostenible al fomentar la observancia de las medidas de conservación y gestión en beneficio de las generaciones actuales y futuras.


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