El Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria es un instrumento clave en el Decreto Legislativo 1/1999 (Ley de Régimen Financiero y Presupuestario de Galicia) diseñado para dotar de flexibilidad al presupuesto y hacer frente a necesidades inaplazables.
Aquí tienes los puntos
fundamentales para entender cómo funciona:
1. ¿Qué es y cuál es su cuantía?
- Es una dotación diferenciada que se incluye
anualmente en los Presupuestos Generales de Galicia.
- Su importe suele ser del 2 % del
límite de gasto no financiero (aunque la ley permite variaciones según el
escenario económico).
- Se clasifica dentro del Capítulo 5 de
los estados de gastos.
2. ¿Para qué se utiliza?
(Finalidad)
Su uso está estrictamente limitado
a financiar necesidades que no fueron previstas en el presupuesto inicial y que
tienen carácter inaplazable, específicamente:
- Créditos Extraordinarios: Cuando
no existe crédito para un gasto necesario.
- Suplementos de Crédito: Cuando
el crédito existente es insuficiente.
- Incorporaciones de Crédito: En
casos específicos donde se necesite arrastrar fondos del ejercicio
anterior para gastos vinculados.
3. ¿Cómo se gasta? (Procedimiento)
A diferencia de otros créditos, el
Fondo de Contingencia no se gasta directamente en bienes o servicios, sino que
sirve para financiar otras partidas:
- Mecanismo: Se realiza una
transferencia de crédito desde el Fondo de Contingencia hacia la partida
presupuestaria de la Consellería u organismo que necesite el dinero.
- Aprobación: Su
aplicación suele requerir un acuerdo del Consello de la Xunta,
a propuesta de la Consellería de Facenda.
4. ¿Qué NO se puede financiar con
él?
La ley prohíbe usar este fondo
para:
- Gastos que no sean de carácter inaplazable.
- Modificaciones de crédito que tengan su
propia fuente de financiación específica (como ingresos afectados).
- Enmascarar una mala planificación
presupuestaria; debe haber una causa justificada de imprevisibilidad.
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